¿CUÁLES SON MIS DERECHOS COMO CONSUMIDOR?


Cuando tenemos un problema en la compra de un bien o servicio, ¿sabemos qué hacer?, ¿a quién, cómo y qué reclamar? Generalmente no, perdiendo así de gran parte de nuestros derechos cómo consumidor. Por eso hoy, les contaré cuáles son estos derechos que nos entrega la legislación para protegernos siempre.
Las relaciones de consumo son regidas por la ley 19.496 que establece principios obligatorios, como el de entregar información clara y veraz, no tener letra chica, y evitar la publicidad engañosa. Esta ley regula todas las relaciones de consumo, como incluso le os una matrícula con una universidad, o la compra de un vehículo nuevo (no los usados)
Conocer la ley es importante, ya que en ella hay además, normas específicas que pueden resultar muy buenas aliadas para protegernos como consumidores.
– El derecho a retracto: es el que tiene que ver con la posibilidad de anular contratos firmados en reuniones especiales (por ejemplo, los tiempos compartido), dentro de los 10 días posteriores a la firma, a través de carta certificada
– Devolución, reemplazo ó reparación, son derechos que puedes exigir frente a un incumplimiento, y para eso tienes 3 meses desde que recibiste el producto, siempre que éste no se hubiese deteriorado por hecho imputable al consumidor. Nadie puede modificar esas normas en tu contra, ni siquiera si lo tienen publicado o expuesto a través de algún cartel.

Así, por ejemplo, puedes hacer valer estos derechos cuando:
Los productos sujetos a normas de seguridad o calidad no cumplan las especificaciones correspondientes.
Los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren los productos no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones del rotulado.
Cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad.
Después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo a que se refiere el punto anterior. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma.

Ticket de Cambio.
Ahora, con respecto a el hecho de que el producto adquirido no fuese finalmente de tu agrado, no te quedara bien, o fuera lo que esperabas, la ley no establece específicamente qué hacer al respecto, pero la mayoría de las multitiendas, permiten una devolución dentro de los diez días siguientes a la compra, a través del ticket de cambio, ojo este no es un derecho es un beneficio que te entrega la tienda cuando quiere.
– Cláusulas de los contratos. Ten siempre en consideración lo siguiente: que en un contrato que te hacen firmar, algo esté escrito, no significa que sea legal. Siempre cuestiona lo que ahí aparece, no permitas que la letra o un papel coarten tus derechos. Hoy conocemos los casos de contratos ‘extraños’ de Banco Estado, Cencosud, La Polar y otros.
Claro, al momento de hacerse público, todos alegamos. Pero, y al firmar, ¿qué pasó? ¿Nada nos llamó la atención?

Es tu obligación como ciudadano leer lo que firmas, especialmente en los casos de retail, universidades, seguros, préstamos bancarios y otros, que son conocidos como contratos de adhesión, es decir, o firmas o no. En estos casos no se pueden solicitar modificaciones. Por lo tanto, lo que te genere dudas, se lo preguntas a tu abogado, o al Sernac (Servicio Nacional del Consumidor). Especialmente duras son las multas por incumplimientos en compra de propiedades (dptos., ó casas) pon atención a lo que firmas!
Reclamos y demandas, nuestros derechos como ciudadanos.

Es cierto que el Sernac no cuenta con muchas facultades, pero es el primer paso para saber si tienes razón en tu disconformidad. Hoy reclamar es fácil, y se puede hacer, incluso en line, en la página misma: www.sernac.cl.
Si las empresas abusan, es porque como ciudadanos lo permitimos, ya que preferimos esperar a que nos cumplan, antes que demandar.
Para demandar no necesitas contratar a un abogado, puedes patrocinar la demanda solo, aunque obviamente, es mejor que un experto te ayude. Las demandas por ley del consumidor, se tramitan ante el juzgado de policía local correspondiente.
Siempre guarda boletas, correos de confirmación, y todo documento que te sirva de prueba ante un eventual juicio, ya que constituyen pruebas fundamentales. Mientras más antecedentes le entregues a tu abogado, más posibilidades tendrá de ganar tu caso.
Recuerda que lo más importante es la auto prevención.
Navidad, Cyber Onday, y otros.
Nunca, una oferta, podrá significar una reducción en tus derechos, en estas oportunidades, si bien los precios supuestamente bajan, tus derechos no, y debes exigirlos tal como en cualquier otra ocasión.